En la situación económica actual, compaginar trabajo y estudios se ha convertido en una necesidad para muchas personas. Ya sea para costearse la formación o para seguir formándose con el fin de tener mejores oportunidades laborales, miles de trabajadores en nuestro país afrontan este doble reto.
La combinación de bajos salarios y aumento constante de precios de la vivienda o los alimentos ha llevado a muchos profesionales a apostar por la formación como un medio para progresar en su trayectoria laboral. En este caso, los másteres y posgrados se han consolidado como herramientas clave para dar el salto en la carrera profesional.
Si bien la mayoría de planes académicos ofrecen flexibilidad —ya sea mediante horarios adaptados o modalidades online—, en algunas profesiones la conciliación entre trabajo y estudios resulta más difícil de lograr.
Lo que muchos desconocen es que, según el Estatuto de los Trabajadoresquienes trabajan y estudian al mismo tiempo tienen derecho a elegir su jornada laboral para poder asistir a clases o exámenes. Esta normativa contempla beneficios concretos que facilitan el acceso a la formación continua sin renunciar al empleo.
Los estudiantes pueden elegir su turno de trabajo
El Estatuto de los Trabajadores es una ley básica que regula las relaciones laborales en España. En ella se establecen los derechos y deberes fundamentales de los trabajadores, y las obligaciones de los empresarios en el marco de su contrato de trabajo.
En su artículo 23esta normativa contempla que los trabajadores que cursen estudios de manera regular para obtener un título académico o profesional tienen preferencia a la hora de elegir turno laboralsiempre y cuando sea compatible con las necesidades productivas de la empresa.
“El trabajador tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo y a acceder al trabajo a distanciasi tal es el régimen instaurado en la empresa, y el puesto o funciones son compatibles con esta forma de realización del trabajo, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional”, reza el estatuto.
Requisitos que hay que cumplir
El artículo también establece los requisitos que ha de cumplir el trabajador para ser beneficiario de esta medida:
- El trabajador debe estar cursando estudios de forma regular, estando matriculado en ellos.
- Los estudios deben estar orientados a la obtención de un título académico o profesional reconocido oficialmente.
- Los estudios para la obtención de títulos académicos o profesionales deben guardar relación con el puesto de trabajo y ser compatibles con las necesidades del servicio o de la organización del trabajo en la empresa.
Además, se debe dar la condición de que existan turnos en la empresa (o la posibilidad de trabajar por turnos) para que tenga sentido la preferencia de elección de turno. Si no hay turnos, no hay turno que elegir.
En el caso de que la empresa se niegue a reconocer este derecho, el trabajador puede hablar con el sindicato en busca de una negociación. También existe la posibilidad de presentar una reclamación formal ante la Inspección de Trabajo para que evalúe si hay un incumplimiento de la normativa. En última instancia, existe la posibilidad de presentar una demanda judicial en los juzgados de lo social solicitando el reconocimiento de este derecho de forma efectiva.