En España podría haber alrededor de 796.000 vehículos electrificados si se suman los 196.231 eléctricos matriculados hasta el 31 de octubre y los casi 600.000 ya presentes en el parque móvil a 31 de diciembre de 2024, según datos de la Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso de la Movilidad Eléctrica.
AEDIVE revela que la red de infraestructuras de recarga de acceso público operativas en nuestro país tiene un total de 46.684 puntos de recarga para vehículos eléctricos (un aumento del 2,9% respecto a 2024). Con el aumento de las estaciones de carga, también aparecen distintas prácticas sancionables, como el ‘icing’.
Recargar un coche eléctrico / Junta de Andalucía
Esta maniobra comenzó a ser popular en Estados Unidos en 2024 y ha llegado a España. El ‘icing’ consiste en el aparcamiento de vehículos de combustión interna en puntos de recarga de coches eléctricos intencionadamentepara que no puedan cargar sus baterías. El nombre de esta práctica proviene de ICE (Internal Combustion Engine), motores de combustión interna.
¿Qué dice la ley sobre el ‘icing’?
Como indican los datos, cada vez hay más puntos de recarga para vehículos eléctricos en nuestro país. Esto hace que se reduzcan las plazas de aparcamiento para vehículos de combustiónya que, con estos coches, está prohibido aparcar en estas zonas. Además, los propietarios de coches eléctricos o híbridos enchufables tampoco podrán utilizar estas zonas si no van a recargar su vehículo.
A pesar de que un lugar designado para la carga de automóviles eléctricos está marcado como tal, la normativa no se aplica si no tiene una señal S17porque indica un emplazamiento donde está autorizado el estacionamiento de vehículos. Además las señales R307 y R308 se tienen que tener en cuenta, porque advierten de la prohibición de parar, estacionar o ambas, indicando en la placa adjunta las limitaciones.

Cuidado con estas señales / Archivo
Cuidado: Esta es la multa que te pueden poner si haces el ‘icing’
Los puntos de recarga de vehículos eléctricos están señalizados. Si ocupas una de estas plazas y no estás cargando el vehículo o se ha excedido el tiempo de carga marcado, también te enfrentarás a la misma sanción que pondrán a un vehículo de combustión.
La Dirección General de Tráfico multará con hasta 200 euros a quienes ocupen una plaza destinada a la recarga de vehículos eléctricos, ya que se considera como una infracción grave. Además con el artículo 105 de la Ley sobre Tráfico, se puede ordenar la retirada y depósito del vehículo por parte de la grúa municipal. Esto demuestra que si hay una zona delimitada para la recarga de vehículos eléctricos y no dispone de las placas correspondientes, no podrá aparcar un vehículo de combustión o uno eléctrico que no recargue.






